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Proceso de Consulta Vecinal
CONCLUIDO 

El Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones es un proceso ordenado y sistemático para presentar un Proyecto y obtener la opinión de las personas habitantes y usuarias del Área de Influencia Social, sobre los impactos estimados y la manera de atenderlos

Este proceso será supervisado y avalado por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental.

    El Proceso de Consulta Vecinal NO es una votación

Este proceso se aplica solo a Grandes Construcciones que tengan las siguientes características:

  • Comprendan Polígono de Actuación y/o Fusión de Predios a partir de diez mil metros cuadrados de superficie.

  • Consideren Predios a partir de diez mil metros cuadrados de superficie.

  • Comprendan cien mil o más metros cuadrados de construcción total,

  • Centros comerciales, de espectáculos o similares.

 

-El proyecto Ejército Nacional 843 cumple con los puntos señalados. 

Aviso por el que se da a conocer el Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones

Mecanismos de participación

Como parte del Proceso de Consulta Vecinal del proyecto Ejército Nacional 843, se llevarán a cabo diferentes mecanismos con el objetivo de  dar atención  a las necesidades de información y conocer la opinión sobre el proyecto de los habitantes y usuarios del "área de Influencia", así como de los impactos potenciales que éste generará y la manera de atenderlos.

Conoce el área de influencia

A continuación, se describen los mecanismos participación del Proceso de Consulta Vecinal:

1

Módulos informativos

y receptores de opinión.

2

Aplicación de encuestas

3

Aplicación de entrevistas

4

Reuniones Vecinales

Aviso Inicio Proceso de Consulta Vecinal

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Revisa el Aviso en el periódico Reforma

Comisión de Impacto Único (CIU)

El CIU es un órgano colegiado del Gobierno de la Ciudad encargado de la Evaluación de los Estudios de Impactos Urbano y Ambientales, así como emitir los dictámenes en la resolución respectiva.

Como  trámite ayuda a la simplificación en el proceso de evaluación y dictaminación, así como para brindar una mayor agilidad y eficacia, y es para aquellos proyectos:

  • Vivienda con más de 10 mil metros cuadrados de construcción.

  • Uso de oficinas, comercios, servicios, industria, equipamiento o distinto al habitacional con más de 5 mil metros cuadrados de construcción;

  •  Proyectos de usos mixtos (habitacional, comercio, servicios o equipamiento) con más de 5 mil metros cuadrados de construcción, con excepción de los destinados a la vivienda de interés social, popular o desarrollada en el marco de los programas del Gobierno Federal o del Gobierno local con comercio o servicios de bajo impacto, incluidos en el Registro de Manifestación tipo B, y para proyectos donde aplique la Norma de Ordenación General número 10.

  •  El Proyecto Ejército Nacional 843 se ingresó a evaluación ante la CIU 

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